A quién debo solicitar la cancelación del embargo?

A quién debo solicitar la cancelación del embargo?

Buenas, soy de Ourense, Galicia. Mi casa tiene una hipoteca y embargo a favor de un antiguo banco ya fusionado de hace mas de 24 años. Mi pregunta primera es: a quien debo solicitar la cancelacion, a la oficina de registro o al juzgado?. Y la segunda pregunta es: qué pasa si los documentos del proceso no se encuentra, que debo hacer?


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One response to “A quién debo solicitar la cancelación del embargo?”

  1. International

    Existe la posibilidad de solicitar la cancelación de cargas en el propio Registro cuando han transcurrido los plazos de prescripción establecidos, 20 años para la hipoteca y 15 para el embargo, contados desde el último plazo. Esto se hace con una instancia con la firma legitimada ante el propio Registro de la Propiedad o por notario.

    Si no hubieran transcurrido los plazos, los embargos se cancelan bien por caducidad (4 años) bien porque lo solicita el embargante en el juzgado. La hipoteca, mediante escritura de cancelación ante notario otorgada por el acreedor. El “banco fusionado”: debe saber cuál esl el banco sucesor de la época, y es ésta entidad financiera quien deberá otorgar la escritura de cancelación o solicitar la cancelación del aval.

    Pese a todo ello, le vale la pena ayudarse en un abogado de la plaza.

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