¿Cuánto tiempo guarda una empresa las grabaciones de conversaciones teléfonicas?

¿Cuánto tiempo guarda una empresa las grabaciones de conversaciones teléfonicas?

Mi duda es ¿cuánto tiempo por ley guarda una empresa las grabaciones de conversaciones teléfonicas en sus líneas de atención al cliente? Tuve un problemilla hace 5 meses que todavía no he resuelto. Recuerdo que me dijeron que la conversación iba a ser grabada. ¿es posible que aún la tengan?.


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3 responses to “¿Cuánto tiempo guarda una empresa las grabaciones de conversaciones teléfonicas?”

  1. International

    Si se trata de una operadora de telecomunicaciones, en principio podrían estar conservándolas, en España, tan sólo durante 4 meses (1 + 3 meses), que es el plazo para la resolución de conflictos con clientes (apartados 2 y 4 del art. 104 Real Decreto 424/2005), pero en caso de impago puede que las conserven hasta por un plazo de 5 años (art. 1966 Código Civil), que es el plazo durante el que la operadora puede reclamar el pago de facturas pendientes.

    Si no es una operadora tendrías que buscar el plazo de resolución de conflictos en la legislación aplicable a la industria de la empresa con la que tienes el problema. No habiendo plazo específico de resolución de conflictos entonces aplica el plazo de 5 años tanto para tí como para ellos, por lo que deberían conservar las llamadas por plazo de 5 años.

  2. International

    La mejor manera de conocerlo es ejercitando el derecho de acceso que te reconoce el 15 LOPD. Tienes un formulario aquí:

    agpd.es/upload/Canal_Ciudadano/Modelos/mod_a_derecho_acceso.pdf

    Rellena sólo la parte A.1 de “Ejercicio del derecho de acceso”. Te recomiendo que copies el texto y lo pases a un Word donde puedas sustituir el último párrafo por este otro:

    “Asimismo, se solicita que dicha información comprenda, de modo legible e inteligible, los datos de base
    que sobre mi persona están incluidos en sus ficheros, los resultantes de cualquier elaboración, proceso
    o tratamiento (incluidas las grabaciones de conversaciones telefónicas mantenidas con el servicio de atención al cliente), así como el origen de los mismos, los cesionarios y la especificación de los concretos
    usos y finalidades para los que se almacenaron”

    En cualquier caso tienes todas las instrucciones para cumplimentar y enviar el formulario necesarias en el apartado A.3. del formulario.

    Normalmente la dirección a la que tienes que enviar este tipo de solicitudes se incluye en los apartados de “aviso legal” o “política de privacidad” de las páginas web corporativas. Te recomiendo que la carta la mandes como correo certificado, con acuse de recibo y copia de contenido o por burofax aunque en cualquier caso te cueste unos 22€, pues al no cumplir con los requisitos legales (lo de “utilizando cualquier medio que permita acreditar el envío y la recogida de su solicitud para el ejercicio de sus derechos”) podrían pasar de responder a tu carta o dilatar el proceso para ver si desistes.

    Deberían contestarte en el plazo de 10 días. Puede que no te envíen copia del audio y que tan sólo te hagan accesible la conversación grabada por medio del teléfono, así que tén a mano algo para grabar.

    Si en el plazo de 1 mes desde el envío no te han contestado o no te han facilitado copia de la conversación, entonces rellena la parte A.2 del formulario y envíala de idéntica forma a la Agencia Española de Protección de Datos. También tienes instrucciones para esto en la parte A.3 del formulario.

  3. International

    Si, como parece, se trata de una operadora de telecomunicaciones, puedes tratar de buscar ayuda y asesoramiento aquí:

    usuariosteleco.es/

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