¿Cuál es el marco jurídico de los dividendos de una empresa?

¿Cuál es el marco jurídico de los dividendos de una empresa?

Nota: Es relevante aquí, y complementa, las respuestas a la cuestión sobre: ¿Cuál es el régimen jurídico de las acciones de una empresa? También puede interesar las respuestas a la cuestión siguiente: ¿Qué significan las diferentes clases de acciones y en qué se diferencian? En especial, las respuestas a la pregunta: ¿Cuál es el régimen legal de los dividendos de una empresa?

¿Cuáles son los tipos de dividendos?

Principalmente, a nivel global, existen dos tipos de dividendos: extraordinarios y ordinarios, los ordinarios se refieren a los beneficios de un ejercicio, por ejemplo un dividendo a cuenta del ejercicio 20XX.

¿Cómo puedo obtener el dividendo?

Para tener derecho al dividendo, el accionista tiene que tener los valores en su cartera antes de la fecha de realce del dividendo.

¿Cuál es el marco jurídico de los dividendos de una empresa?

Todas estas cuestiones sobre los dividendos de las empresas mercantiles dependen de cada jurisdicción. Aquí, como ejemplo, se utiliza el régimen jurídico de Inglaterra y Gales:

¿Es necesario aprobar una resolución para pagar un dividendo sobre las acciones preferentes?

No, normalmente no es necesario. El pago de un dividendo ordinario y el importe del mismo es una cuestión de elección y, por tanto, es necesaria una resolución. A condición de que haya fondos disponibles, el pago de un dividendo preferente según los términos de la emisión de las acciones es un compromiso de la empresa. Los administradores pueden limitarse a pagar los dividendos en las fechas previstas. Sin embargo, por una cuestión de buena práctica, a menudo se aprueban resoluciones.

¿Qué es un “scrip dividend”?

Un scrip dividend es una emisión de más acciones en lugar de una distribución en efectivo. Los scrip dividend son a veces atractivos para las empresas porque el efectivo se mantiene en la empresa. Hay que pagar impuestos por los scrip dividends, pero son una forma rentable de reinvertir los dividendos en la empresa. Por esta razón, son atractivos para algunos accionistas.

Un scrip dividend es una emisión gratuita de acciones. La empresa debe tener (en su caso) suficiente capital social autorizado pero no emitido, y dicha emisión debe estar permitida por los estatutos. Normalmente se requiere la aprobación de los socios en una junta general. A veces se da a los socios la opción de tomar un dividendo de esta manera, en lugar de en efectivo. Además, se puede permitir que los socios den a la empresa una instrucción permanente de que todos los dividendos se tomen de esta manera hasta que se cambie la instrucción.

¿Es obligatorio presentar un comprobante fiscal?

Sí, es obligatorio. Es un requisito legal que las garantías emitidas en relación con el pago de un dividendo deben ir acompañadas de un documento que suele denominarse comprobante fiscal. Este documento debe enviarse a los accionistas cuando los pagos se realizan mediante transferencias bancarias. También debe enviarse un comprobante fiscal si el pago es de intereses y no de dividendos. Ahora es posible enviar los comprobantes fiscales anualmente en lugar de acompañar cada pago.

El comprobante fiscal es una declaración dirigida al accionista (o tenedor de acciones) en la que se indica el número de acciones (o la cantidad de acciones) sobre la que se calcula el pago. Debe indicar el crédito fiscal (si el pago es un dividendo), o el impuesto deducido (si el pago es un interés) y el importe neto a pagar. En el caso de los pagos de intereses, también se indica el importe bruto a pagar y el comprobante fiscal incluye un certificado en el que se indica que el impuesto deducido se contabilizará ante la autoridad fiscal, el HMRC.

¿Está permitida la emisión de un duplicado del comprobante fiscal?

Los accionistas pueden, de vez en cuando, perder los comprobantes fiscales y solicitar duplicados. Una empresa puede emitir un duplicado siempre que se indique que se trata de un duplicado. No es necesaria ninguna indemnización.

Los accionistas quieren mayores dividendos de los que los administradores están dispuestos a recomendar. ¿Qué ocurre?
La tabla A y casi todos los estatutos de las empresas impiden que se paguen dividendos superiores a los que los administradores están dispuestos a recomendar. Hay muy buenas razones para ello. Los administradores conocen (o deberían conocer) las cantidades máximas que se pueden pagar legalmente, saben lo que se puede pagar prudentemente y conocen sus planes y la necesidad de capital circulante. Los accionistas pueden intentar persuadir a los administradores para que paguen mayores dividendos, pero si no lo consiguen deben escuchar atentamente las razones de los administradores para decir que no. Pueden ser buenas razones. Sin embargo, los accionistas son los dueños de la empresa y eligen a los directores. Tienen el poder último de destituir a los directores y sustituirlos por otros que compartan sus puntos de vista, o que al menos estén dispuestos a hacer lo que se les diga. Si lo hacen, los nuevos directores tendrán las mismas obligaciones y responsabilidades que los directores sustituidos.

¿Puede un accionista renunciar a un dividendo?

Sí, es posible, aunque puede resultar difícil pensar en las circunstancias en las que un accionista podría desear hacerlo. Un ejemplo conocido por el autor es el de un accionista mayoritario que es director de la empresa. Está muy bien recompensado por el salario y las primas y considera correcto que sólo los accionistas minoritarios se beneficien de los dividendos.

En ningún caso el accionista debe dejar de depositar su certificado de dividendos, ni escribir a la empresa pidiendo que no se paguen. Esto probablemente le haría incurrir en una obligación fiscal que presumiblemente superaría los límites de su desinterés. En su lugar, debería rellenar un documento de renuncia y presentarlo a la empresa. Puede encontrar un modelo de escritura de este tipo en un libro como “Company Secretarial Practice” publicado por ICSA Publishing Ltd, o tal vez deba obtener asesoramiento profesional.

¿Cómo debemos responder a una solicitud de emisión de un duplicado de la orden de pago de dividendos?

Las ventajas de pagar un dividendo por transferencia bancaria incluyen el hecho de que es más probable que llegue a la cuenta bancaria del destinatario y que la empresa lo sabrá rápidamente si no lo hace. Una orden de pago de dividendos enviada por correo puede perderse, ser entregada a una dirección no actualizada o simplemente no ser depositada en el banco, especialmente si es por una cantidad pequeña. La práctica habitual es indicar que las órdenes de pago deben presentarse para el pago en un plazo de seis meses o devolverse a la empresa para su verificación. Algunas empresas cobran una pequeña comisión por ello. No debería haber ningún problema en emitir un duplicado de la orden a petición de un accionista, aunque primero debería comprobarse que el original no ha sido pagado y colocarse un tope en el original. Es habitual obtener primero un compromiso del accionista (si el importe es pequeño) o una indemnización (si el importe es grande).

No se ha presentado una orden de pago de dividendos. ¿Qué hay que hacer?

Es tentador no hacer nada, pero probablemente no sea una buena idea. Es una molestia y puede ser un indicio de otros problemas, como el fallecimiento del accionista o que se haya mudado sin notificarlo a la empresa. El mínimo absoluto debería ser una carta de solicitud de información, pero se pueden considerar otras medidas si es necesario, especialmente si la cantidad es grande.

Las obligaciones de la sociedad dependerán en parte de sus estatutos. El artículo 108 de la tabla A dice que cualquier dividendo que no haya sido reclamado durante doce años a partir de la fecha en que debió ser pagado, “si los administradores así lo deciden, será confiscado y dejará de ser adeudado por la sociedad”.

Los dividendos no reclamados prescriben a los 12 años en Inglaterra y Gales y a los cinco años en Escocia, aunque la jurisprudencia es ligeramente ambigua. Los plazos se cuentan a partir de la fecha en que se reconoce por última vez el pago adeudado.

¿Los propietarios de acciones parcialmente pagadas tienen derecho al pago de un dividendo completo?

Depende de los artículos. El artículo 104 de la tabla A establece que los dividendos se pagarán en función del importe desembolsado. Así pues, si el Sr. A ha desembolsado íntegramente su acción de una libra y el Sr. B sólo ha pagado 50 peniques de su acción de una libra, el dividendo del Sr. A será el doble que el del Sr. B. Además, el Reglamento 104 también establece que el pago se hará a prorrata del tiempo durante el cual el dinero haya sido recibido por la empresa, pero si alguna acción se emite en términos que establecen que tendrá rango de dividendo a partir de una fecha determinada, esa acción tendrá rango de dividendo en consecuencia. Como ocurre a menudo, es necesario examinar los estatutos.


Posted

in

by

Tags:

Comments

Leave a Reply

Your email address will not be published. Required fields are marked *