¿En qué se diferencia el delito de apropiación indebida del delito de administración desleal?
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One response to “¿En qué se diferencia el delito de apropiación indebida del delito de administración desleal?”
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El delito de administración desleal se comete, al menos en el derecho penal español, por el administrador de una sociedad que abusa de su disposición de los bienes societarios en beneficio propio o de terceros, pero no se apropia de ellos. Si se apropiara de los bienes, incurriría en un delito de apropiación indebida. Hay que tener en cuenta que la administración de una patrimonio social con resultado negativo para el negocio no configura por sí misma un delito de administración desleal.
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