Es posible la elevación a público de un documento privado por una sola de las partes?
Una amiga mía eleva a público un documento privado de venta de una vivienda por parte de la Diputación Provincial de Valladolid (España) a quien fue su esposo y del que se encuentra en ese momento separada judicialmente. La escritura se otorga por la Diputación Provincial de Valladolid como vendedora y la señora como esposa del adquirente en documento privado (que adquirió para su sociedad de gananciales) y adjudicataria de la misma en un procedimiento judicial de liquidación de la sociedad de gananciales.
El esposo ya prestó un consentimiento tácito al haber consentido la adjudicación de dicho inmueble a la esposa en el procedimiento de liquidación de la sociedad de gananciales. Ni incorporan el documento a la escritura, sino que tan sólo lo citan, ni los efectos son los mismos de la propia escritura.
El Registro deniega la inscripción y ante el recurso de la interesada, apoyado por el propio notario, la Dirección General (del Registro) lo desestima y confirma la nota de calificación. En qué se basa? Cuál sería un razonamiento asi?.
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