Puedo hacer cambio de apellidos de los menores?

Mi pareja es padre de dos niños, en su día él accedió a poner el apellido de la madre el primero por tener muy claro lo de la igualdad entre hombres y mujeres. Después de una relación muy complicada, se separan. Ella marcha a otra comunidad. En este tiempo mi pareja nunca ha dejado de pasar pensión y de cumplir con las visitas(siempre con problemas, ya que ha tenido que denunciar durante un año para que salga juicio y un juez obligar a su ex a que le deje ver a sus hijos) En estos momentos, estamos viendo que sus hijos ponen en los documentos el apellido de la nueva pareja de su ex, también recibe amenazas e insultos cada vez que mi pareja le toca ir a por ellos.

En las sentencias de los juicios donde se pidió un análisis psicológico de los niños siempre es a favor del padre, ya que él nunca les ha abandonado, nunca les ha maltratado o dañado en ningún aspecto.

Estamos viendo que los niños cuando están con su madre nunca pueden llamar Papá a él, lo tienen prohibido.
Nosotros hemos aceptado con naturalidad que ellos digan que tienen dos mamás, pero vemos que ellos están generando un odio hacia la figura paterna.

Nuestras preguntas son:
¿Podemos pedir que los niños ponga el apellido del padre en todos los documentos de exámenes, certificados etc?
¿Cómo podemos hacer para que su ex naturalice el tema de la figura del Padre?
¿Se puede pedir unas normas para que la madre no cambie constantemente las fechas de visitas por cumpleaños?

Tenemos constancia de que los niños llaman al papa, ” el tipo este” ” el imbécil este” ” el don nadie”…


Posted

in

,

by

Tags:

Comments

One response to “Puedo hacer cambio de apellidos de los menores?”

  1. International

    Legalmente no se puede efectuar ningun cambio de apellidos si no media una adopción, por lo tanto, no entiendo en que tipo de documentos aparece otro apellido que no sea el propio de los menores, y no pueden ser documentos oficiales.

    En relación a cambiar fechas, deberiamos ver lo que dice exactamente su sentencia reguladora, y ver si se da algun tipo de incumplimiento que se pueda demandar en ejecución.

    En cuanto al resto de situaciones, quizás deberían solicitar una valoración psicologica de los menores, y en función de ello, plantear actuaciones judiciales.

Leave a Reply

Your email address will not be published. Required fields are marked *