Que pasa cuando hay denunca por impagos atrasados en caso de Separación Conyugal?

Cuando conocí a mi pareja esta separado con sentencia, en la que se reconocía la separación de bienes de su anterior pareja, y una pensión de alimentos a su hijo de 750 € al mes. Ella cambió de ciudad por temas laborales y mi pareja no le puso ningún impedimento para llevarse a su hijo. En el transcurso de los años el se quedó en el paro, pero no lo comunicó al juzgado. Siguió pagándole para pensión con los ahorros que tenía. Cuando los ahorros se agotaron le pagó como podía, ella le dijo que no se preocupara pero no tiene nada por escrito. Tenemos lazos con Girona (Cataluña).

La aptitud de ella cambió cuando el le pidió el divorcio (todos estos años tenían sentencia de separación), en la sentencia de divorcio pudimos conseguir que le rebajaran la pensión a 500 €, (el sueldo es de 1.800), alejando que vivimos en Sevilla y para ver a niño tenemos que desplazarnos a Madrid, con los gastos que ello conlleva y que la situación económica de ella era muy ventajosa en relación a la nuestra.

Hace tres meses ha llegado una denuncia de los impagos atrasados, nos pide 400 € mas los 500 € de a pensión de alimentos que ya le pasamos. Esperamos un bebe, y mi marido se ha quedado nuevamente en paro.

Mis preguntas son :

Tenemos que seguir pagando las dos cantidades hasta que haya resolución ??, si no tenemos dinero para hacer frente a los pagos.. puede volver a denunciar ?? Actualmente no vemos a su hijo por que no tenemos dinero para viajes.

Qué podemos hacer??

Tengo la duda de saber, si las cantidades atrasadas por reclamación de impago de pensión tienen plazo para poderse reclamar. Prescriben..??


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2 responses to “Que pasa cuando hay denunca por impagos atrasados en caso de Separación Conyugal?”

  1. International

    Si que hay que seguir pagando lo establecido en la última sentencia vigente, la de 500. Los atrasos son de importes debidos y si no tiene ningun documento para acreditar que quedaron en una reduccion, poco hay a oponerse, ya que entiendo que les ha puesto una demanda de ejecución de sentencia. En base a esta, el juzgado será quien diga como se paga, y que normalmente es con embargo de una parte proporcional de los ingresos que tenga. Esta respuesta es un tanto generica ya que no es lo mismos demanda que denuncia y si pudiera ver el contenido de la misma, podria orientarles de mejor manera.

  2. International

    El plazo general de prescripción de estas cantidades es de 5 años por el codigo civil y de tres en la legislación catalana.

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